90 días de campañas prescribe la Constitución en los casos de renovación del titular del Poder Ejecutivo. Cuando no es así, la misma norma estipula 60 días de campaña.
El Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, confiesa haber renunciado a su función constitucional de brindar seguridad pública a las y los mexicanos, incumpliendo con el artículo 21, párrafo noveno de la Constitución.
El presidente de la República, literalmente sólo se dedica a sus mañaneras, a perder el tiempo; un picapleitos al frente de la presidencia. Nunca más otro presidente que sólo dedique el tiempo a vociferar y a dividir a los mexicanos.